Canto Final o de Despedida:

 

Este es otro tipo de cantos que pueden representar alguna dificultad en cuanto a su criterio, selección e interpretación. Para que este tipo de canto pueda ser considerado y tenido en cuenta como permitido dentro de la celebración, debería ejecutarse antes de la bendición final y el saludo de envió, porque con dicho saludo “terminó” la Misa. No hay más para agregar luego de eso. Ahora bien se puede acompañar a los fieles que desalojan el templo con algún canto que marque el compromiso cotidiano, la alegría de ser hijos de Dios, el gozo por el misterio celebrado, pero ya no es un canto litúrgico. Hay comunidades que recurren a la instrumentación musical de este acompañamiento, evitando así que el ministerio considere parte de su función cantar durante este movimiento de los fieles. Es decir se puede cantar o no, será criterio del ministerio, en su conocimiento y formación musical, poder hacerlo. NO es obligatorio. Aquí si cabe la libertad de elegir un canto religioso, ya que no hay carácter litúrgico que se imponga en estas circunstancias.-